22 Jul Practica Legal España – Estados Unidos
En este apartado de nuestra web, y de la misma manera que hemos decidido proceder con nuestro artículo sobre “Visados para el Ejercicio Profesional de Abogados Españoles en Estados Unidos”, queremos reservar el contenido y desarrollo de los siguientes artículos:
Abogados de Estados Unidos ejerciendo en España. Trámites y Regulaciones
Abogados Españoles ejerciendo en Estados Unidos. Trámites y Regulaciones
Abogado de Extranjería para Estados Unidos en España. Práctica Internacional
Elección de Abogado en España ara trámites de visados para Estados Unidos. Criterios y Recomendaciones.
Mejor Abogado para tramitar un Visado de Inversión en Estados Unidos. Recomendaciones prácticas.
de manera exclusiva para particulares, empresas y para compañer@s de profesión especialmente interesados en esta temática.
De manera genérica, y a título básicamente enunciativo, señalar que los artículos tratan tanto de los requisitos legales profesionales de preparación académica, experiencia profesional y exámenes de ingreso colegial, como de los requerimientos legales migratorios en España y Estados Unidos, para que los profesionales de la abogacía puedan desarrollar su labor profesional de acuerdo a la normativa que los Colegios Profesionales imponen en su ámbito de actuación jurisdiccional.
En este sentido se contemplan las diversas situaciones de preparación académica que presentan los Licenciados/Graduados en Derecho/Leyes:
- Estudios en Facultad o Escuela de Derecho en España
- Estudios en Escuela de Derecho en los Estados Unidos.
- Estudios en Facultad o Escuela de Derecho en la Unión Europea.
- Estudios en Escuela o Centro de Estudios de Master en Derecho en los España, Estados Unidos o en la Unión Europea.
De la misma manera se contempla la normativa sobre su presentación y superación de las pruebas o requisitos exigidos por los Colegios Profesionales para el ejercicio de la profesión en España, Estados Unidos y Unión Europea.
- Requisitos de Colegialización Profesional en Colegios de Abogados Españoles.
- Requisitos de Requisitos de Colegialización Profesional en Colegios de Abogados de la Unión Europea en el marco de la Libre Prestación de Servicios.
- Examen de Colegios de Abogados Estatales para ejercicio como Abogado en el Estado.
- Requisitos de Colegios de Abogados Estatales para ejercicio como Abogado en materias de Derecho Federal.
- Requisitos de Colegios de Abogados Estatales para ejercicio como Asesor Jurídico Extranjero.
- Requisitos de Colegios de Abogados Estatales para ejercicio como Asesor Corporativo Interno Extranjero.
Mención especial, básicamente por la especialidad de la firma y ejercicio profesional de casi 30 años, requiere el tratamiento y recomendaciones prácticas en la selección de un Abogado Especializado en el trámite de Visado E2 de Inversión en los Estados Unidos.
Este es un tema que interesa tanto a nuestra propia clientela profesional, como a nuestra propia firma, por lo que se refiere a la selección de profesionales para ejercer en nuestra firma en el marco específico de esta especialidad.
Junto al conocimiento de la regulación específica del Visado E2 de Inversión, el Abogado especializado en esta materia, debe conocer la normativa de trámite que generalmente establece la Embajada de los Estados Unidos en los países donde se tramitan estos Visados. Y especialmente debería conocer exhaustivamente la normativa en la plaza internacional donde el Abogado este localizado. Conocimiento, y sobretodo experiencia, son mínimos exigibles para un buen comienzo.
Pero como toda labor profesional, lo importante no es como se empieza, sino como se acaba. Y en ese proceso, al menos en nuestra firma y ante este trámite, requerimos que el Abogado tenga conocimientos específicos tanto en el país originario de la inversión (País de Tratado de VisadosE2), como en el país destinatario de la inversión (Estados Unidos) de cuestiones legales y fiscales tales como:
- Tipos y características de sociedades mercantiles.
- Tipos impositivos corporativos e individuales.
- Tipos impositivos en materia de sucesiones.
- Tratados de Doble Imposición entre los dos países en materia de Impuestos de Sociedades, Renta Personal, Sucesiones y Donaciones.
- Normativa en países de origen sobre “Compliance” en Inversiones Extranjeras, ”ExitTax”, Declaración de Rentas y Beneficios Exteriores, Declaración de Bienes e Inversiones en el Exterior y Repatriación de Inversión Exterior, todo ello en los casos en que ellos fuese de pertinente aplicación.